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CONTRACT




CONTRATO DE SUMINISTRO DE AGUA Y COMODATO DE EQUIPO QUE CELEBRAN “AGUAGENTE, S.A.P.I. DE C.V.” (EN LO SUCESIVO “LA COMPAÑÍA”), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR JEAN-PAUL CIANTAR, Y POR LA OTRA, LA PERSONA FÍSICA CUYO NOMBRE APARECE EN LA CARATULA DE ESTE CONTRATO (EN LO SUCESIVO “EL CLIENTE”) POR SU PROPIO DERECHO, DE ACUERDO A LAS SIGUIENTES DEFINICIONES Y CLÁUSULAS

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DEFINICIONES

Banco receptor: La institución bancaria donde la Compañía tiene abierta una cuenta para efectos de recibir los pagos del Cliente bajo este contrato.


Equipo: Aparato descrito en la caratula del presente contrato (en lo sucesivo el “Equipo”), el cual consiste en un filtro de agua instalado en el Hogar, cuyo uso es filtrar agua de la llave exclusivamente para uso doméstico.


Valor del equipo: Es el valor comercial del equipo que las partes pactan en la Cláusula 2.


Hogar: El domicilio del cliente señalado en la carátula.


Inventario: La lista de Equipo instalado en el Hogar, lista que se localiza en la carátula de este contrato.


Aviso de cancelación o terminación del Contrato: Es el aviso por escrito o por correo electrónico presentado por El Cliente, que además deberá ser confirmado por la Compañía, ya sea mediante sello de recepción de la Compañía, o bien, por correo electrónico de confirmación.


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CLÁUSULAS

1.- Objeto: El objeto de este contrato es que la Compañía le suministre al Cliente agua pura a través del Equipo para uso doméstico exclusivamente, de acuerdo con la capacidad señalada en la Cláusula 4b) de este contrato.


2.- Comodato: La Compañía le entrega al Cliente el Equipo en comodato; por ende, salvo lo expresamente pactado en este contrato, la contraprestación aquí señalada es sólo por el suministro de agua y no por el uso del Equipo, absorbiendo la Compañía todos los gastos de mantenimiento, reposición, reparación, visitas y supervisión. Desde este momento las partes acuerdan que el valor comercial del equipo otorgado en comodato, durante toda la vigencia del presente contrato será de $19,995.00 (Diecinueve mil novecientos noventa y cinco pesos 00/100 Moneda Nacional).


3.- Marca: La Compañía reserva los derechos de la marca NATTU, por lo que la celebración de este contrato no implica el uso de la marca por parte del cliente.


4.- Tarifas: El Cliente se obliga a pagar a la Compañía las siguientes tarifas: a) Una tarifa única de instalación no reembolsable pagadera a la firma del presente contrato, misma que se establece en la carátula del presente contrato. b) Una tarifa mensual pagadera durante los primeros (cinco) días hábiles de cada mes de calendario, salvo el primer pago (entero o fraccionado), el cual será cubierto a la firma del presente contrato, mismo que incluye un consumo medible de hasta 500 (quinientos) litros de agua. Asimismo, el consumo excedente se cobrará a $40 pesos (cuarenta pesos 00/100, M.N.) por cada 100 (cien) litros o fracción. c) Se cobrará $500 pesos (quinientos pesos 00/100, M.N.) más IVA por cada filtro adicional, en su caso, pagadero a la reposición del mismo. d) El depósito se pagará a la firma del presente contrato y será reembolsable. e) Al cancelar el contrato, se cobrará una tarifa de $250 pesos (doscientos cincuenta pesos 00/100, M.N.) por cancelación del servicio que será cobrada al haberse recuperado el equipo. f) Una tarifa única de $750 (setecientos cincuenta pesos 00/100M.N.) por concepto de cambio de domicilio del equipo en cada ocasión que el Cliente solicite y se realice el cambio de domicilio dentro de la zona de servicio pagadero a la re-instalación del mismo.


5.- Depósito: El monto entregado como depósito en garantía a que se refiere la Cláusula 4, inciso d), será reembolsado al Cliente de acuerdo con la Cláusula 6, a la terminación del contrato, siempre y cuando el Equipo sea recuperado por la Compañía en buenas condiciones de uso. Adicionalmente, el reembolso del depósito en garantía al término del contrato está sujeto a la condición resolutoria que el Cliente no se halle en ningún supuesto de incumplimiento, mencionando de manera enunciativa más no limitativa, que se encuentre al corriente en todos sus pagos.


6.- Duración: La duración de este contrato es sin termino fijo o mínimo. El Cliente podrá dar por terminado anticipadamente el contrato sin responsabilidad cuando quiera. En caso de terminación por parte del Cliente se hará un cobro de una tarifa de cancelación como indicado en la Clausula 4e. La Compañía tendrá el derecho de terminar anticipadamente este contrato sin responsabilidad siempre y cuando dé aviso de terminación al Cliente notificando por escrito al cliente con 15 (quince) días naturales anteriores a la fecha de terminación.
La terminación del presente Contrato por parte del Cliente deberá sujetarse al procedimiento establecido en la Cláusula 11 de este Contrato.


7.- Cobro de tarifas y reembolsos: Tanto las tarifas que pague el Cliente, como los reembolsos que realice en su caso la Compañía, serán realizados a través de débito bancario directo o vía tarjeta de crédito; por ende, el Cliente se obliga a llenar, firmar y realizar todo el trámite necesario y seguir los lineamientos que el banco receptor le indique a efectos de comenzar la instalación del Equipo. El incumplimiento por parte del Cliente de todos los requisitos bancarios correspondientes o el rechazo de su solicitud por parte del banco receptor traerá como consecuencia la terminación de este contrato. Como miembro de nattu, al cliente se le cobrará automáticamente una vez al mes 30 días después de la fecha en que se le instaló el equipo.


8.- Inejercicio de derechos: La falta de acción legal por parte de la Compañía en caso de incumplimiento por parte del Cliente, no ocasionará la preclusión del derecho de la Compañía para ejercer sus derechos posteriormente en caso de que persista dicha falta de cumplimiento. Asimismo, la falta de cobro oportuno por parte del banco receptor bajo la Cláusula 7 no constituirá una renuncia de derechos para ejercer el cobro posteriormente.


9.- Mantenimiento: La Compañía proveerá de mantenimiento al Equipo hasta 1 (una) vez al año sin cobro alguno, con cita previa. Sin embargo, los cambios de filtros extra, ya sea por negligencia, vandalismo o cambios en exceso, serán cobrados al Cliente. Asimismo, el Cliente se obliga a abstenerse dar servicio, desarmar, inhabilitar o reparar el Equipo por su propia cuenta, debiendo informar a la Compañía dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas siguientes a que se detecte algún defecto, falla, daño, pérdida, robo o mal funcionamiento en el Equipo, a efectos de programar una visita de algún técnico de la Compañía para reparar o reemplazar el Equipo. Empero, en casos de extrema urgencia (ej. fugas severas), el Cliente podrá desinstalar el equipo de su lugar original de instalación a su gasto y costa dando aviso inmediato a la Compañía, obligándose aquél a resguardar el Equipo hasta que algún técnico de la Compañía lo reponga o repare.


10.- Responsabilidad: El Cliente será responsable en todo momento por la pérdida, destrucción, mal uso y/o desgaste anormal del Equipo, incluso si dichos daños son causados por caso fortuito o fuerza mayor, obligándose el Cliente en su caso a cubrir a la Compañía el valor del equipo establecido en la Cláusula 2 de este contrato. Las características del equipo, así como sus piezas y características están establecidas en la carátula del presente contrato.


11.- Subarrendamiento: El Cliente se obliga a no subarrendar, disponer, enajenar, gravar, ni permitir a terceros la posesión del Equipo. Asimismo, el Cliente se obliga a no desmantelar ni mover el Equipo de su lugar original de instalación en el Hogar.
En caso de que el Cliente cambie su domicilio, éste se obliga a dar aviso a la Compañía dentro de un plazo máximo de 15 (quince) días naturales para programar que los técnicos de la Compañía desinstalen el Equipo del Hogar y lo reinstalen en el nuevo domicilio del Cliente. El cliente se compromete a garantizar el acceso al domicilio donde se encuentre el equipo, durante todo el plazo desde que se da el aviso de cambio de domicilio, hasta el momento en que la Compañía programe el retiro del equipo, que no excederá de 30 días. En caso de cambio de domicilio solicitado por el Cliente se hará un cobro de una tarifa de cambio de domicilio como indicado en la Clausula 4f.
En caso de terminación o cancelación del Contrato, El Cliente está obligado a dar aviso por escrito o por correo electrónico a la Compañía, con una anticipación de 15 días naturales, a efecto de que La Compañía, pueda agendar una cita para retirar el equipo o equipos instalados informando la razón de terminación o cancelación. El Cliente se compromete a garantizar el acceso al domicilio donde se encuentre el equipo, durante todo el plazo, desde que se da el aviso de terminación o cancelación, hasta el momento en que la Compañía programe el retiro del equipo, que no excederá de 30 días naturales.
A efecto de que el aviso de terminación o cancelación surta efectos, El Cliente se compromete a recabar una copia sellada por la Compañía, del aviso presentado por escrito; o bien, a recibir una confirmación de recepción por parte de la Compañía, del correo electrónico, en donde se dé el aviso de terminación o cancelación. Lo anterior a efecto de garantizar que la Compañía tuvo pleno conocimiento del aviso de terminación o cancelación, y pueda programar la fecha de desinstalación y retiro del equipo.


12.- Límite de responsabilidad: En todo caso, la Compañía limita su responsabilidad frente al Cliente y terceros por los daños, lesiones y/o pérdidas causadas por el uso o mal uso del Equipo, incluyendo Equipo defectuoso o inadecuado, al costo de la reparación o reposición del Equipo.


13.- Cesión de derechos: Este contrato deja sin efectos cualquier acuerdo oral o escrito previo entre las partes; asimismo, el Cliente no podrá ceder sus derechos ni obligaciones bajo este contrato a terceros sin el previo consentimiento por escrito de la Compañía.


14.- Devolución del equipo: Durante los siguientes 30 (treinta) días posteriores a la terminación de este contrato, el Cliente se obliga a permitir que la Compañía desinstale el Equipo del Hogar, obligándose el Cliente a pagar un incremento del 100% (cien por ciento) en la tarifa mensual correspondiente durante todo el tiempo que el Cliente retenga el Equipo injustificadamente.
En caso de terminación o cancelación del presente Contrato, El Cliente se compromete a permitir que la Compañía desinstale y retire el equipo otorgado en Comodato, dentro del plazo de 30 días naturales, posteriores al día en que surta efecto el aviso de cancelación o terminación anticipada que debe presentar el Cliente en términos de la Cláusula 11, de este contrato.
En caso de incumplimiento a la obligación descrita en el párrafo anterior, El Cliente queda obligado a pagar el valor comercial del equipo, señalado en la Cláusula 2 de este Contrato.


15.- Interés moratorio: El Cliente se obliga a pagar un interés moratorio del 4% (cuatro por ciento) mensual sobre saldos insolutos más $100.00 (cien pesos 00/100, M.N.) por concepto de gastos de cobranza por cada incumplimiento de pago.


16.- Programa de referidos: El Cliente acepta que la Compañía lo inscriba a su Programa de Referidos de manera automática al firmar el presente contrato. Mediante su inscripción al Programa de Referidos el Cliente entiende que recibirá determinados beneficios por recomendar a personas que contraten los servicios de la Compañía como nuevos clientes. Los términos y condiciones del Programa de Referidos podrán ser consultados por el Cliente en el sitio de internet de la Compañía, ubicado en www.nattu.tech. Al firmar este contrato el Cliente acepta que para disfrutar de los beneficios del Programa de Referidos se obliga a observar los términos y condiciones mencionados. El Cliente conviene en que la Compañía podrá modificar los términos y condiciones del Programa de Referidos en cualquier momento, siempre y cuando las modificaciones sean publicadas en su sitio de internet mencionado.


17.- Aviso de Privacidad: El Cliente menciona que conoce ampliamente el Aviso de Privacidad dado por la Compañía, mismo que puede ser consultado en el sitio de internet de la Compañía ubicado en www.aguagente.com, estando totalmente de acuerdo con lo estipulado en el mismo, y por lo tanto está de acuerdo con el buen cuidado y salvaguarda de sus datos personales por parte de la Compañía y su autorizado.


18.- Jurisdicción: Este es un contrato mercantil, por lo que, para su interpretación y cumplimiento, aplicará el Código de Comercio. Asimismo, serán competentes para conocer de cualquier conflicto que surja en relación con este contrato los tribunales de primera instancia de Guadalajara, Jalisco, renunciando las partes a cualquier fuero que les pudiera corresponder por razón de sus domicilios presentes o futuros.


19.- Medios electrónicos: Este contrato se celebrará a través de medios electrónicos, alcanzándose un acuerdo de voluntades por medio de aceptar los términos y condiciones de manera digital para concluir el proceso de registro; las partes establecen que realizar el pago del servicio y/o utilizar el suministro de agua proporcionado por la Compañía es una aceptación tácita de celebración de este contrato.
Asimismo, una copia escaneada de la credencial para votar o pasaporte del Cliente (o huella digital en algunos casos) será subida a dicho aparato y anexado como parte integrante de este contrato.


20.- Idioma: El presente contrato estará también disponible en idioma inglés; empero, en caso de discrepancias en la interpretación del mismo, prevalecerá la versión en español.


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